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Comisión Electoral actuó de manera irresponsable EL CARABOBEÑO (13/06).- El asesor legal del profesor Miguel Patacón, abogado Lubín Aguirre calificó de “lamentable” el desacato frontal a una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia en el que incurrió la Comisión Electoral Universitaria, al empecinarse en la proclamación de Juan Macías como decano de la Facultad de Ciencias de la Educación, pese a que los comicios fueron anulados previamente. Aguirre considera que los argumentos que ha presentado la Comisión no tienen ningún asidero, puesto que “decir que no está notificada es un error, porque la sentencia fue dictada dentro del lapso legal, y por lo tanto las partes estaban a derecho”. “El hecho de que haya un pequeño error material, que indica que el acta anulada es la 215 y no la 216 es absolutamente irrelevante, porque del texto de la propia sentencia se desprende claramente y hace alusión al acta del 20 de marzo, en la que se acordó convocar nuevamente a un proceso de elecciones, y esa acta, en copia certificada se acompañó a la solicitud que mi cliente hizo en la Sala Electoral del TSJ, ahora, que la sentencia tenga el error de decir 215 en vez de 216, es absolutamente irrelevante”, enfatizó el profesional del Derecho. Para el abogado del profesor Miguel Patacón no hay duda alguna de que “está anulado el proceso electoral para decano de la Facultad de Ciencias de la Educación, lo que deja ver que la comisión electoral ha actuado de manera irresponsable al proclamar a este candidato, y por lo tanto, está en el deber de convocar nuevamente a comicios”. Es lamentable -añadió Aguirre- la clara parcialidad que se ha evidenciado de parte de la Comisión Electoral, y deja mucho qué desear de la conducta de sus miembros y eso se traduce en desconfianza para los electores. Aguirre espera que haya un pronunciamiento por parte del Consejo Universitario en el sentido de acatar la sentencia, al tiempo que considera que “deben surgir las debidas responsabilidades en contra de la Comisión Electoral por haber convocado a un proceso, a sabiendas -según la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Ciudadana- de que no se podía innovar en un asunto que era materia de un recurso contencioso electoral. Esa situación debe ser investigada, incluso, por la contraloría de la Universidad de Carabobo”.
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