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Rectora y dos decanos recibieron notificación de suspensión “La UC resolverá esta situación sin injerencia externa” EL CARABOBEÑO (10/05) Leidy Boscán.- Ante la notificación de suspensión de cargo, emanada por la Controlaría General de la República, el pasado viernes 5 de mayo a varias autoridades de la Universidad de Carabobo, la rectora María Luisa Aguilar de Maldonado, afectada por la medida, afirmó “que mientras no sea publicada la sanción en Gaceta Oficial todo continuará en absoluta normalidad en la UC”. El anuncio fue hecho por la máxima autoridad de esta casa de estudios, durante una rueda de prensa ofrecida ayer martes en el patio del Rectorado, la cual contó con la asistencia de los miembros del Consejo Universitario, docentes, estudiantes, personal administrativo, obrero y gremios que hacen vida en el Alma Máter carabobeña, quienes en todo momento mostraron su apoyo a las autoridades y a la defensa de la autonomía universitaria. Durante su intervención, María Luisa de Maldonado dejó claro a toda la comunidad, que la medida de suspensión de 180 días sin goce de salario no tiene efecto inmediato. “Para que ésta pueda cumplirse se requiere que sea publicada en Gaceta, como ocurrió con la primera sanción correspondiente a la multa de un millón 612 mil 800 bolívares y a la responsabilidad administrativa publicada el pasado 14 de marzo de 2006”. Indicó que hasta los momentos la sanción emanada de la Controlaría General de la República el 18 de abril de 2006, ha sido notificada a Rolando Smith, Carlos Alvarado Henríquez, María Luisa Martín de Armando, Ezequiel Gómez, Néstor Sequera, Elizabeth Arcay, José Angel Ferreira, actual decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales; Juan Macías, decano de la Facultad de Ciencias de la Educación; Belén Heredia de Girón, directora de Relaciones Interinstitucionales de la UC, y María Luisa Aguilar de Maldonado, rectora, todos miembros del Consejo Universitario en la gestión del ex rector Asdrúbal Romero. “La comunidad ucista y carabobeña en general deben conocer que la mayoría de quienes formábamos parte del CU del año 2000, fuimos notificados sobre la sanción adicional impuesta por la Contraloría General de la República, por no haber observado, presuntamente, las previsiones legales contenidas en la Ley de Licitaciones para la adquisición de tres vehículos, en marzo de ese mismo año. Esto quiere decir que nos han aplicado doble sanción, porque tenemos multa y responsabilidad administrativa, y, ahora suspensión del cargo”. Enfatizó que ante esta sanción y, bajo el amparo de la ley, estarán recurriendo ante el propio organismo contralor o usarán la vía de los tribunales de justicia. “Esa decisión estará determinada por el análisis en cuanto al mejor camino a seguir y la mayor celeridad posible, a fin de garantizar el respeto de nuestros derechos constitucionales, que se han pretendido vulnerar con esta sorpresiva medida. Estamos seguros que cualquiera que sea la vía escogida, dará una respuesta favorable a los recursos interpuestos, de manera que no tenemos ninguna duda de que el daño que se ha pretendido causar a la universidad y la vulneración de nuestros derechos constitucionales no podrán ser materializados”. Compra de vehículos Debido a los constante rumores que se generaron durante las últimas semanas en torno a la suspensión, la rectora aprovechó la oportunidad para aclarar a todos los presentes, las razones por las cuales ella, conjuntamente con dos autoridades y miembros de esta casa de estudio, han resultado afectados por estas sanciones. “Es importante que la comunidad esté bien informada sobre lo acontecido para que pueda sacar sus propias conclusiones”. Durante la gestión del ex rector Asdrúbal Romero, se produjo en la Universidad de Carabobo el incendio de un vehículo y el hurto de otros dos, todos ellos cancelados por la empresa de seguros. La universidad recibió una propuesta de la Ford Motors de Venezuela, empresa que estaba vendiendo vehículos que habían sido usados durante seis meses, con menos de 5.000 Kms. de recorrido y garantía de un año, cada uno por un monto de trece millones ochocientos cuarenta y un mil seiscientos sesenta y seis bolívares con sesenta y siete céntimos (Bs. 13.841.666,67), en promedio”. Explicó que el Consejo Universitario, en una primera sesión de fecha 23 de febrero del año 2000, autorizó la compra de tres de esos vehículos, marca Ford, modelo Taurus año 2000, por un monto total de cuarenta y un millones quinientos veinticinco mil bolívares (Bs. 41.525.000,00). “Esta adquisición significaba, tal como lo he dicho antes, pagar un cincuenta por ciento del valor de mercado e implicaba un beneficio sustancial para el patrimonio universitario. Los consejeros en pleno, consideramos que una oferta menor o equivalente no podía obtenerse por parte de otros proveedores, pues era imposible mejorar las condiciones de venta ofrecidas por la propia planta ensambladora. Es decir, era una oferta difícil de rechazar, por los bajos costos en relación con la calidad del vehículo, lo que efectivamente representaba un beneficio para la universidad”. La adquisición se concretó en el mes de marzo de 2000 y la aprobación de la orden de pago: N°: 10017623, había sido autorizada por unanimidad en una segunda sesión del Consejo Universitario, celebrada el 23 de marzo del mismo año. “Esto significa que la toma de esa decisión se hizo con observancia del procedimiento legal y reglamentario existente en la universidad”. Comentó que en el año 2001, la Contraloría General de la República emitió su primer dictamen, por lo que cada uno de los afectados buscó asesoría y procedió, según la recomendación de los abogados, a recurrir en forma sucesiva ante las instancias correspondientes. “No es sino hasta el 28 de julio de 2005 que la Contraloría General de la República decide sancionarnos en dos sentidos: por un lado declara la responsabilidad administrativa de cada uno de nosotros y por el otro, nos impone una multa por un millón seiscientos doce mil ochocientos bolívares (Bs. 1.612.800,00); exceptuando, por supuesto, a los miembros del CU que declararon no haber levantado la mano o haber abandonado la sesión minutos antes de que se tomara la decisión. Meses más tarde llegaron a nuestras manos las comunicaciones respectivas, referentes a la multa y responsabilidad administrativa, pero no fue sino hasta el 14 de marzo de 2006 cuando esta sanción fue publicada en la Gaceta Oficial número 5.803”. Ante esta situación, la mayoría de los sancionados procedimos a la correspondiente apelación. Como se recordará, para esta época el CU en su totalidad estaba conformado por: Asdrúbal Romero, José Angel Ferreira, Rolando Smith, María Luisa de Maldonado, Juan Macías, Carlos Alvarado Henríquez, María Luisa Martín de Armando, Honoria Ascanio de Franceschi, Ezequiel Gómez, Néstor Sequera, Elizabeth Arcay, Belén Heredia de Girón, Carlos Callegari y Gregorio Riera”. Individualidades internas Ante la posibilidad de que la suspensión temporal se concrete, la rectora aseveró que la Universidad de Carabobo en pleno goce de su autonomía y en observancia a lo establecido en la Ley de Universidades y su Reglamento, procederá a resolver esta situación temporal, sin injerencia de ninguna instancia externa, como algunos sueñan; es decir, los organismos de cogobierno universitario decidirán sobre cualquier asunto que sea necesario, puesto que tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, ha sido determinado con claridad que los altos funcionario electos por un colectivo, en este caso el Claustro Universitario y las asambleas de facultad respectivas, no pueden ser sustituidos temporalmente sino por la propia comunidad”. Asimismo indicó que se tomarán las previsiones necesarias antes de que la medida salga publicada en Gaceta Oficial. “Nuestras reservas morales y espirituales se ponen en funcionamiento cuando la institución es amenazada, sabemos que existen enemigos externos, pero lo que más lamentamos es que individualidades internas de la institución -no especificó nombres- estén propiciando acciones de esta naturaleza. Lástima que quienes no logran proyectarse ante la comunidad con su trabajo, tengan que recurrir a este tipo de argucias y zarpazos en la oscuridad, sin detenerse a pensar en el destino de la institución, hoy más que nunca fortalecida ante la sociedad carabobeña y nacional”. Vías constitucionales Por su parte, el decano de Faces, José Angel Ferreira, calificó la sanción adicional como desproporcionada e injusta, “entiendo que efectivamente hubo un procedimiento operativo que probablemente no supimos interpretar como es el hecho de que se prohíbe la compra de vehículos usados en base a las legislaciones para ese entonces vigentes, sin embargo fue una compra de emergencia, que quizá la universidad no sustentó bien en los criterios que tenía que hacerlo”. Indicó que ahora lo que queda es agotar las vías constitucionales para tratar de que esas medidas no lleguen a su fin, tanto en la suspensión, como en la responsabilidad administrativa y multa. En cuanto a la designación de un nuevo decano para Faces en caso de que la decisión de la Controlaría sea publicada en Gaceta, apuntó que Ley de Universidades establece que el decano podría proponer al CU su sucesor en forma temporal, o en su defecto, el Consejo de Facultad, “de forma que establecido el camino, yo podría convocar al CU, haríamos el planteamiento correspondiente, pero espero que antes de 15 días podamos tener respuesta positiva de los tribunales”. No significa una intervención En otro orden de ideas, el ex rector Asdrúbal Romero, señaló que no considera que la actual situación por la que atraviesan las autoridades de la UC, tenga algo que ver con una intervención a la universidad “yo creo que las condiciones políticas de este gobierno son muy delicadas para intentar intervenir universidades, al menos este año. Yo no lo creo y las informaciones que tengo es que no existe interés en intervenir la universidad”. Al ser consultado sobre si era o no necesaria la licitación para efectuar la compra de los vehículos, el ex rector puntualizó: “Creemos que la licitación no era necesaria porque se trataban de unos vehículos que estaban en el patio de Ford, y que habían sido utilizados por ejecutivos, entonces para qué publicar licitaciones y todo ese largo y laborioso proceso cuando los vehículos estaban precisados y no había posibilidad que otros proveedores lo hicieran. Yo si creo que dentro de los argumentos establecidos en la Ley de Licitaciones, la adquisición de los carros se conformaba en relación a estas excepciones y no era necesario. Ése es un problema de criterio y ahora un comisionado consideró que sí era necesario el proceso licitatorio”. Elecciones en Face Otro de los afectados por esta medida es el decano y candidato a la reelección de Face, Juan Macías, quien en sus declaraciones instó al representante del Ministerio de Educación Superior ante el Consejo Universitario, Armando Alvarez, y al profesor Levis Lamus, a participar en el proceso electoral de la facultad, debido a que en democracia se resuelve todo. “Concretamente, el problema se originó con el representante del ministro de Educación Superior ante el CU, y Levis Lamus, quienes no quieren que participe en el proceso electoral, yo lo que le digo es que la democracia se resuelve con votos. Que se lance uno de ellos a ver si es posible que me ganen las elecciones”. Dijo también que ésta es una decisión manipulada y que tiene como condición, por lo menos llegar a la suspensión de 30 días para “que yo no pueda inscribirme en el proceso, pero trabajaremos para resolver esa situación antes de esa fecha”. Hay jurisprudencia El 21 de enero de 2004, el Dr. Lubín Aguirre demandó ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la nulidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, bajo el alegato de que “el referido artículo no establece reglas para la graduación y escala de las sanciones y que por el contrario da una amplísima libertad al contralor general para determinar la magnitud de estas sobre la base de una amplia discrecionalidad para inferir los hechos que la justifican”. Según la demanda, a la que tuvimos acceso a través de la página web del TSJ, contenida en el expediente 143-04, al contralor se le permite “apreciar y determinar libremente la gravedad de una falta o la entidad del ilícito cometido, para imponer sanciones dentro de rangos tan amplios como la suspensión del cargo, la destitución o la inhabilitación para ejercer funciones públicas hasta por 15 años. Además, se viola el derecho a la defensa, pues expresamente establece que el contralor general determinará la sanción sin que medie ningún otro procedimiento.” El doctor Aguirre asistió en esa oportunidad a 3 empleados de la UC: Myriam Ramírez, Edgar González y Florinda de Lima, señalados por la misma razón que hoy se sanciona a la rectora. El pidió a la Sala Constitucional que dictara amparo cautelar contra el artículo 105 y se ordenara su desaplicación al Contralor General de la República. La Sala Constitucional inaplicó el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en sentencia del 27 de julio de 2004, en el caso de estos tres empleados, pero después de eso se presentaron casos muy notorios de aplicación de ese artículo, como el que inhabilitó a Mary Pili Hernández e intentó lo mismo con el alcalde Leopoldo López, y que ahora afecta a autoridades de la UC. Habría que ver si el resultado es el mismo. La sentencia 1420, que ordenó la desaplicación del artículo en cuestión, fue la primera en la que la correlación de fuerzas oficialistas en la Sala Constitucional, (Iván Rincón, Jesús Eduardo Cabrera y José Delgado Ocando) se rompió, pues éste último votó con Pedro Rondón Haaz y Antonio García García. Esta es, además, la única sentencia del TSJ en la que se ha acordado la desaplicación de ese artículo y es la única demanda que cursa sobre su nulidad. Precisamente el juicio por nulidad que intentó el doctor Lubín Aguirre está casi para sentencia y si resulta nulo, se salvarán todos, incluyendo a Mary Pili Hernández, López y las autoridades universitarias Quizá por tratarse de que “ese artículo es una atrocidad, que viola el derecho a la defensa, y el derecho que tiene todo el mundo a saber si incurrió en una infracción cuál es específicamente la sanción correlativa correspondiente a esa sanción, se proceda a aprobar su nulidad, afirman algunos expertos Es posible también que la rectora pudiera correr con esa misma suerte, pues ella pidió que le hicieran extensivos los efectos de la sentencia 1420, lo cual es posible pues un sujeto frente a los mismos hechos podría ser objeto del mismo beneficio.
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